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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 376983
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4773
ESCUELAS ARTICULO 123, NUMERO DE PROFESORES EN LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 4773
Lo que se debe demostrar, en el amparo que se pida contra la orden de aumentar el personal docente en las Escuelas Artículo 123, es que dicho personal no está en relación con el censo escolar, conforme al cual funciona la escuela respectiva; pues la Suprema Corte ha estimado que es el censo el que debe servir de base, y no la demostración de la asistencia escolar, pues el número de alumnos no es bastante para obtener la protección constitucional contra la orden de aumentar el número de profesores.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 105/41. Mexican Candelaria Co. 13 de marzo de 1942. Mayoría de tres votos. Ausente: Roque Estrada. Disidente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Eduardo Vasconcelos.