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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377002
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5418
PROFESORES, FORMA DE RECLAMAR LOS DESCUENTOS DE CUOTAS SINDICALES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5418
Si se reclama en amparo contra los descuentos que se hacen a los quejosos, de los sueldos que les corresponden como profesores, y aparece de autos, que dichos profesores tienen el carácter de empleados federales, en virtud del convenio que con el Gobierno del Estado de Hidalgo, celebró la Secretaría de Educación Pública, dichos quejosos están comprendidos en el Estatuto Jurídico de los Trabajadores al Servicio del Estado, y como este ordenamiento establece las normas a seguir cuando surge un conflicto entre el Estado y sus trabajadores, debe sobreseerse en el amparo que por este motivo se solicite, si los quejosos no agotaron el procedimiento que establece dicho estatuto, es decir, si no demandan ante el Tribunal de Arbitraje, los descuentos que por concepto de cuotas sindicales, se les hacen, según ellos, contra su voluntad.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7097/40. Hernández María y coagraviados. 23 de marzo de 1942. Mayoría de tres votos. Disidentes: José María Mendoza Pardo y Hermilo López Sánchez. Relator: Antonio Islas Bravo.