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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377012
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5512
TRABAJO, VIOLACION DEL PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 5512
La circunstancia de que el dictamen antecedente del laudo, formulado por el auxiliar respectivo, y aprobado en la audiencia de la ley, sea alterado, condenando a persona distinta, constituye una violación de procedimiento, que amerita la reposición de éste; y como es indispensable, como cuestión previa, que se conozcan en definitiva, los términos precisos en que el laudo haya de quedar finalmente redactado, a fin de hacer un estudio congruente de los conceptos de violación, que entonces se hagan valer, debe concederse el amparo para el efecto de que la Junta engrose nuevo laudo, de conformidad con el dictamen del auxiliar.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8761/41. Cruz Guadalupe. 24 de marzo de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.