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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377038
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6128
PERITOS, PROTESTA POR LOS, PARA EL DESEMPEÑO DE SU ENCARGO (LEGISLACION DE NUEVO LEON).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXI; Pág. 6128
Si bien la protesta es una fórmula previa al desempeño de las funciones en cualquier empleo, cargo o comisión, también debe decirse que el Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León, no la establece expresamente como requisito indispensable, y por tanto, no puede decirse que el dictamen rendido por un perito, sea nulo por falta de dicha protesta, ya que esa omisión no redunda en la infracción de precepto legal alguno.
Precedentes
Amparo civil en revisión 667/40. Peña de Lozano Clementina, sucesión de. 27 de marzo de 1942. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Eduardo Vasconcelos.