Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/377055
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
377055
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 73

HUELGAS, PROCEDIMIENTO QUE DEBE SEGUIRSE PARA LA RESOLUCION DE LOS CONFLICTOS DE.

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 73

Precedentes

Amparo en materia de trabajo 3256/41. Sindicato de Arrieros y Cargadores del Comercio del Ramo de la Fruta en General de la Villa de Xico, Veracruz. 1o. de octubre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no asistió a la discusión de este negocio, por las razones que constan en el acta del día. Relator: José María Mendoza Pardo.
Registro digital (IUS): 377055