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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377065
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 349
TRABAJO, PRESENTACION DE LOS TESTIGOS DE LAS PARTES EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 349
Si no se integra una Junta en la fecha fijada para la audiencia, el actor, de acuerdo con el artículo 524 de la Ley Federal del Trabajo, que impone a las partes la obligación de presentar a sus testigos, si se encuentra imposibilitado de hacerlo, debe gestionar en tiempo, la expedición de un nuevo citatorio, y si no lo hace, la Junta puede legalmente declarar desierta la prueba.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3308/41. Hernández Timoteo. 7 de octubre de 1941. Unanimidad de 4 votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.