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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377076
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 671
REPOSICION DE EXPEDIENTES, SUSPENSION CONTRA LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 671
La declaración de bien repuesto un expediente, no produce efectos cuya suspensión haya de concederse, y no existiendo agravio, la queja que se promueva contra la negativa a conceder la suspensión, debe declararse infundada.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 225/41. Bustamante Luis Felipe. 10 de octubre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no asistió a la sesión por la causa que se expresa en el acta del día. Ponente: Eduardo Vasconcelos.