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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377082
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 843
TRABAJO, EJECUTORIAS DE LA CORTE COMO PRUEBAS, EN LOS CONFLICTOS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 843
Si el demandado en un conflicto de trabajo, ofreció en la audiencia respectiva, entre otras pruebas, la instrumental, consistente en una resolución dictada por esta Suprema Corte de Justicia, para acreditar un precedente judicial, y no consta de autos que tal probanza le hubiese sido admitida, debe decirse que la autoridad no tenía por qué ocuparse de analizar esa prueba instrumental, en virtud de que no fue aportada con la finalidad de acreditar los hechos fundatorios de la contestación de la demanda, sino un precedente judicial, que la Junta no se encontraba obligada a acatar, por ser una ejecutoria aislada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3131/41. "Petróleos Mexicanos".
15 de octubre de 1941. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.