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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377153
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2474
TRABAJO, EN MATERIA DE RECUSACION NO DEBEN APLICARSE REGLAS DEL DERECHO COMUN EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 2474
Existiendo en la Ley Federal del Trabajo, disposiciones precisas y terminantes sobre recusaciones, no deben aplicarse, ni a título de supletorias, disposiciones de derecho común, ya que es indudable que supletoriedad sólo tiene lugar cuando la ley que rige la materia, es omisa para resolver situaciones jurídicas determinadas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5283/41. Velázquez Ciro. 10 de noviembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.