Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/377177
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377177
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3116
TRABAJO, FUERZA MAYOR COMO CAUSA DE SUSPENSION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 3116
No puede estimarse como caso de fuerza mayor, aquel en el que el patrono se ve obligado a entregar a su acreedor las máquinas en que se desarrollaban los trabajos, como consecuencia de un embargo trabado sobre las mismas, y decretado para ejecutar una sentencia dictada en su contra, ya que tal acontecimiento es perfectamente previsible, porque la ejecución forzosa es el lógico efecto del incumplimiento de las obligaciones.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2013/41. Sindicato Industrial de Sastres y Anexos, de Torreón, Coahuila. 19 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Antonio Islas Bravo.