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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377228
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4501
LAUDOS, AMPARO CONTRA LA EJECUCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4501
Si se reclama el acuerdo dictado por el presidente de una Junta, en su carácter de ejecutor, como conforme al artículo 647 de la Ley Federal del Trabajo "todos los actos del ejecutor serán revisables de oficio o a petición de parte, por la Junta, la que podrá revocarlos o modificarlos según lo crea justo", si la parte no ocurre ante dicha autoridad para que revoque o modifique el acuerdo del ejecutor, con arreglo al precepto señalado, no agotó el medio de defensa que establece la Ley Federal del Trabajo, y por tanto, con fundamento en los artículos 73, fracción XV, y 74, fracción IV, de la Ley de Amparo, debe sobreseerse en el juicio de garantías interpuesto al respecto.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 2984/41. Compañía Agua Caliente Turf Club, S. A. 12 de diciembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Relator: Antonio Islas Bravo.