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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377240
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4611
AMPARO INTERPUESTO SIN MOTIVO, MULTA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXX; Pág. 4611
La circunstancia de que la violación de un precepto de la Ley Federal del Trabajo, en que hubiere incurrido la Junta responsable, no amerite la concesión de la protección federal, porque tal violación no hubiere dejado sin defensa al quejoso, no da causa para imponer a éste multa porque se estime que el mismo interpuso el amparo sin motivo, ni menos puede decirse que haya habido mala fe de su parte, al ocurrir al juicio de garantías.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 4055/41. Jiménez Ignacio. 12 de diciembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.