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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377259
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 244
LEGATARIOS, PUEDEN REMOVER A LOS ALBACEAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 244
Las gestiones de los legatarios, pueden dar lugar a la revocación del nombramiento de los albaceas, ya que cualquiera que sea parte en el juicio sucesorio, puede hacer la petición de dicha remoción, en casos como en el que haya concluido el término concedido al albacea para terminar el juicio, admitiéndose que el nombramiento de nuevo albacea, pueda hacerse de oficio; porque la personalidad procesal, reconocida en un juicio sucesorio, tiene que implicar forzosamente la suma de facultades necesarias para promover la pronta conclusión del juicio, lo que implica naturalmente, que se tomen dentro de él todas las medidas sobre aseguramiento, conservación y entrega de los legados, ya que si se negase a un legatario, el derecho para solicitar la remoción de un albacea moroso, no podría obtener, de ningún modo, la entrega y titulación de los bienes que le correspondan.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2121/32. Mac Gregor de Rosete Mercedes. 4 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Eduardo Vasconcelos.