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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377292
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1163
TRABAJO, EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1163
Si para cumplimentar una ejecutoria de amparo, la Junta de Conciliación y Arbitraje respectiva, dictó un nuevo laudo y éste es reclamado, en diverso juicio de garantías, en este juicio no pueden estudiarse las cuestiones que deben ser materia del recurso de queja, tales como el incumplimiento, el exceso o el defecto de ejecución de la sentencia de amparo anterior; pero sí pueden estudiarse, en cambio, las nuevas violaciones que haya podido cometer la Junta, al hacer uso de la libertad de criterio que creyó tener para el efecto de fallar la controversia, haciendo abstracción total del anterior laudo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6501/40. Herrera José T. 22 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Eduardo Vasconcelos.