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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377312
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1496
TRABAJO, CONFESION FICTA EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1496
No se violan los artículos 527 y 528 de la Ley Federal del Trabajo, con la desestimación que se haga de la confesión ficta, que de dichos artículos se deriva, si los hechos confesados fictamente, se encuentran en contradicción con alguna otra prueba o hecho fehaciente que conste en los autos relativos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2759/41. Jordán Amelio. 25 de julio de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.