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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377315
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1691
RECURSOS PENDIENTES QUE NO HACEN IMPROCEDENTE EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1691
Los recursos pendientes que hacen improcedente el amparo, son los interpuestos por el mismo promovente del juicio de garantías, pero no los interpuestos por cualquiera otro de los interesados, aun cuando la resolución que el tribunal de alzada correspondiente dicte, pueda beneficiar, de una manera accidental, a dicho promovente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8258/40. Yúdico de Martínez Luz. 30 de julio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: José María Mendoza Pardo.