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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377323
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1846
PERSONALIDAD, PROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA LA RESOLUCION QUE DECLARA INOPERANTE LA EXCEPCION DE FALTA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 1846
Es procedente el juicio de garantías que se interponga contra la resolución de segunda instancia, que, revocando la de primera, declara inoperante la excepción de falta de personalidad en el actor, opuesta por el demandado, en un juicio de responsabilidad civil, pues la sentencia definitiva que se dicte en dicho juicio, no podrá ocuparse nuevamente de esa cuestión, por estar precluida y sólo deberá decidir en cuanto a los derechos controvertidos; por lo que la parte agraviada no puede estar obligada a esperar que se dicte el nuevo fallo definitivo para reclamar la violación, tal como si la hubiese producido dicho fallo, y esta consideración basta para estimar procedente el amparo, sin necesidad de entrar al estudio de si se trata de un acto que tenga ejecución real y efectiva sobre las cosas o las personas, criterio que sólo se establece para casos de otro orden.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5912/40. Cooperativa de Luz, Fuerza y Transporte de Jalapa, Veracruz. 1o. de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Eduardo Vasconcelos.