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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377329
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2070
EMPLEADOS PUBLICOS, AMPARO CONTRA EL DESPLAZAMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2070
Debe estimarse improcedente el juicio de garantías que interponga un empleado público contra el procedimiento seguido por el Jefe del Departamento de Salubridad, de acuerdo con la Comisión Mixta de Escalafón, que haya tenido como consecuencia su desplazamiento del empleo que desempeñaba, para poner en su lugar a otra persona, si el quejoso no agotó previamente los medios de defensa que establece el Estatuto de los Trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión, para la defensa de sus derechos.
Precedentes
Tomo LXIX, página 5379. Indice Alfabético. Amparo 2705/40. Heuer Ritter Bertha y coagraviados. 26 de agosto de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXIX, página 2070. Amparos acumulados en revisión en materia de trabajo 6239/40. Juárez Gys Domingo y coagraviado. 6 de agosto de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Antonio Islas Bravo.