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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377364
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2869
JUNTAS, FALTA DE ENTREGA DEL DICTAMEN A LOS REPRESENTANTES DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 2869
No constituye una infracción sustancial a las leyes que rigen el procedimiento, el hecho de que no exista en autos constancia de que se hubiera entregado a los representantes de la Junta, una copia del dictamen formulado por el auxiliar, ya que este trámite no es de esencia, aparte de que debe presumirse que los integrantes de la Junta conocieron tal dictamen, antes de emitir su voto, en el asunto de que se trate.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3720/41. Vallejo Benito. 21 de agosto de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.