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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377403
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3770
CONFESION, EFECTIVIDAD DE LA PRUEBA DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 3770
Es regla elemental en derecho, que las partes deben justificar los hechos en que se funden sus respectivas acciones o excepciones, y cuando una de ellas ocurre a la confesión, lo hace respecto a hechos propios, los que no pueden tenerse como evidenciados, si no se encuentran corroborados por elementos probatorios de distinta índole.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4130/41. Compañía Desarrolladora Mexicana, S. A. 5 de septiembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.