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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377416
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4109
TRABAJO, AMPARO QUE ORDENA LA REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO DE, SUS EFECTOS RESPECTO DE LAS OTRAS PARTES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4109
Si consta que uno de los codemandados en el conflicto de trabajo, en que se dictó el laudo que se reclama en el juicio de garantías, ocurrió con anterioridad ante esta Suprema Corte, en amparo directo contra dicho laudo, y le fue concedida la protección federal, para el efecto de que se repusiera el procedimiento, resulta que en virtud de la resolución de esta Corte, quedó insubsistente el propio laudo, y por tanto, debe sobreseerse en el juicio de garantías que después se promueva, por otra de las partes, por haber cesado los efectos del acto reclamado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 73, fracción XVI y 74, fracción III, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7439/40. Navarro viuda de Jimenéz Estela. 11 de septiembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.