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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377417
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4113
DEMANDA DE TRABAJO, ABSOLUCION DE LA PARTE DEMANDAD, POR IRREGULARIDAD EN LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4113
Si la demanda de trabajo no se plantea con hechos concretos, ni tan siquiera se menciona el nombre de los actores, ni su número ni el salario que percibían, y sobre el particular no se aduce ninguna prueba, es evidente que se impone la absolución de la empresa demandada; sin que sea permitido a la Junta respectiva, por no existir fundamento alguno en la Ley del Trabajo, dejar para un incidente, que se tramitará después, la demostración de quiénes son los actores y el salario que devengaban, pues tales hechos únicamente deben comprobarse en el conflicto, y si esto no se hace, debe absolverse, ya que esa falta de prueba trae como consecuencia la falta de comprobación de la acción deducida.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 247/41. Administración Obrera de los Ferrocarriles Nacionales de México. 11 de septiembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.