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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377447
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4919
APODERADOS EN EL AMPARO, JUSTIFICACION DEL CARACTER DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 4919
Si el que se dice apoderado de una persona, presenta demanda de amparo a nombre de ésta, y el Juez de Distrito respectivo, manda requerir a aquél para que dentro del término de tres días justifique su personalidad, y contesta no poder hacerlo, porque el expediente donde la tenía justificada, se ha extraviado y que por lo mismo no se le pueden expedir las copias necesarias y no existe dato alguno de que efectivamente se haya perdido dicho expediente, es claro que el término fijado, corre fatalmente en perjuicio del promovente, sin que pueda alegar en contrario, que las autoridades extraviaran intencionalmente los expedientes, para evitar que se admitan las demandas de amparo relativas, ya que si los litigantes son cuidadosos, ellos pueden recoger previamente, el comprobante de su personalidad o recabar de los interesados, uno nuevo, que les pueda servir para el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que tuvo por no interpuesta la demanda 3041/41. Kimler Brownie E. 26 de septiembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El ciudadano presidente Roque Estrada no asistió por las razones que se expresan en el acta del día. Relator: Eduardo Vasconcelos.