Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/377449
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
377449
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 5072

ESCUELAS ARTICULO 123, LAS EMPRESAS NO ESTAN OBLIGADAS A PAGAR SUELDOS A LOS PROFESORES DE LAS, QUE NO HAYAN PRESTADO SUS SERVICIOS.

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXIX; Pág. 5072

Precedentes

Amparo en revisión en materia de trabajo 3578/41. Barrón Colmena, S. A. 30 de septiembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.
Registro digital (IUS): 377449