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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377456
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 348
CONSIDERANDO DE LAS SENTENCIAS, VALOR DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 348
Si la parte final de una sentencia, no contiene un punto especial resolutivo sobre determinada materia, pero en sus consideraciones, tendientes a fundar el sentido del fallo se resuelve sobre las diversas cuestiones y materias que fueron planteadas o propuestas dentro de la respectiva controversia, esas mismas consideraciones sirven para interpretar la parte dispositiva de la sentencia.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 836/40. Iglesias Cardona Rafael. 7 de abril de 1941. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Roque Estrada.