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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377469
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 607
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 607
Las Juntas de Conciliación y Arbitraje no están obligadas a aceptar la apreciación que se haga de las pruebas en el dictamen que se les presente a discusión, pues por el contrario, están perfectamente capacitadas para cambiar esa apreciación y hacer la que en su concepto crean pertinente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7185/40. Martínez Frías Salvador. 15 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.