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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377499
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 933
CONVENIOS EN MATERIA DE TRABAJO, CELEBRADOS ANTE AUTORIDADES, EFECTOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 933
El convenio, cuando es celebrado ante la autoridad, tiene los mismos efectos que si se hubiese presentado una demanda y en el mismo momento la confesara el demandado y la autoridad resolviera desde luego, condenando al pago y este se hiciera inmediatamente, dándose por terminado el conflicto. De manera es que si en el convenio, el trabajador olvidó ejercitar parte de su acción o a sus intereses no convino ejercitarla, no puede mas tarde, diciendo que ha celebrado el convenio con renuncia de sus derechos, ejercitar una nueva acción, por que sería tanto como dividir la continencia de la causa, si se permitiera a un actor, que sucesivamente ejercitara sus acciones contra una misma persona, provenientes de una misma causa, y se fuera declarando parcialmente el derecho por la autoridad respectiva.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7322/40. Alva Wulfrano. 21 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Roque Estrada.