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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377501
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 940
TRABAJADORES, RENUNCIAS PROHIBIDAS, DE LOS DERECHOS DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 940
Las renuncias de los derechos de los trabajadores, prohibidas por la ley, solamente son aquellas que se consignan o pretenden consignar en los contratos de trabajo, como se desprende del texto de los artículos 123, fracción XXVII, de la Constitución Federal y 22 de la Ley Federal del Trabajo, ya que de otro modo no tendrían razón de ser las disposiciones legales que autorizan las transacciones celebradas con las formalidades debidas, ni las que establecen la prescripción de las acciones cuyo ejercicio se abandona.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 780/41. Compañía Real del Monte y Pachuca. 21 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Ponente: Roque Estrada.