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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377515
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1248
CONTRATOS COLECTIVOS DE TRABAJO, LA REVISION DE LOS, NO SE RELACIONA CON FENOMENOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PUBLICO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 1248
No se puede equiparar la revisión de los contratos colectivos, con los fenómenos que se operan en derecho internacional público, por cuanto a los efectos de los tratados internacionales, ya que este símil obedece a que se ha creído ver en los orígenes del contrato colectivo, una especie de tratado de paz entre obreros y patronos, a consecuencia de una lucha social; pero no puede haber esa similitud, en virtud de que el derecho internacional público regula relaciones entre naciones independientes y soberanas no sujetas a ningún otro poder, y los fenómenos jurídicos en materia de trabajo, presuponen su realización dentro de los límites geográficos de la nación, en la que su poder público opera de acuerdo con los lineamientos constitucionales.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 5806/39. Compañía Industrial Veracruzana, S. A. 25 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.