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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377577
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2178
INFORME JUSTIFICADO, EFECTOS DE LA FALTA DE RENDICION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2178
Si bien es verdad que la falta de informe de la autoridad responsable, establece la presunción de ser cierto el acto que se reclama, salvo prueba en contrario, también lo es que al quejoso incumbe la demostración de los hechos que determinen la inconstitucionalidad del acto reclamado, cuando éste no es violatorio de garantías, en sí mismo.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7642/40. Rentería Luz. 11 de junio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: José María Mendoza Pardo.