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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377582
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2237
SALARIOS, NIVELACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2237
Para que en principio pueda prosperar la acción a que se refiere el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo, en concordancia con la fracción VII del 123 constitucional, se requiere que la existencia de la disparidad que lo motive sea actual, es decir, se necesita la presencia de dos o más individuos con salarios distintos en cantidad, no obstante que los servicios sean idénticos en intensidad, calidad y condiciones. Pero esto no es aplicable cuando un obrero exige que se le señale un jornal determinado, por manifestar que ha venido a sustituir a diverso trabajador ya separado y que devengaba un sueldo superior, ya que estos hechos, típicamente, constituyen la pretensión de asignación de puesto, sujeta a demostración mediante elementos bastantes para inferir que es el sustituto en todas las labores de aquél cuyas relaciones obrero patronales, quedaron extinguidas o suspensas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7050/40. Franco Aguilar Ernesto. 12 de junio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hermilo López Sánchez.