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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377594
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2517
JUNTAS, AUDIENCIA DE ROTACION PARA LA RESOLUCION DE LOS JUICIOS DE TRABAJO POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 2517
La Cuarta Sala de la Suprema Corte ha establecido, que la celebración de las Juntas para la discusión y resolución de los asuntos de trabajo, es una formalidad esencial del procedimiento, porque del estudio del dictamen presentado por el auxiliar y de la discusión que motive, se forma el criterio que determina la votación, y con el resultado de ésta y considerando las razones que hayan prevalecido en la discusión, se engrosa el laudo que constituye la resolución definitiva del caso debatido; por tanto, la omisión de la expresada audiencia de votación, entraña una inexacta aplicación de los artículos 538, 539, 540, 546 y 547 de la Ley Federal del Trabajo, que establecen la forma de proceder a la votación y resolución de los conflictos en la materia ya dicha.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1775/41. Theriot Shelby J. 17 de junio de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.