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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377625
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 3079
PERSONALIDAD EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVIII; Pág. 3079
Si en el auto inicial se reconoce personalidad a una de las partes, y ese auto, bien o mal dictado, adquiere el carácter de firme y dicha personalidad no es impugnada, no debe el Juez revocarlo en la sentencia que pronuncie en el juicio, pues de admitirse lo contrario, ello equivaldría a aceptar que dicha autoridad puede revocar oficiosamente sus propias determinaciones, las que sólo pueden modificarse mediante los recursos de revisión y de queja, ante la Suprema Corte.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1788/41. La Latino Americana, Compañía de Seguros Sobre la Vida, S. A. 27 de junio de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.