Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/377631
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377631
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 34
TRABAJADORES TEMPORALES, SU SEPARACION SIN RESPONSABILIDAD PARA EL PATRONO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 34
Cuando una empresa toma a su servicio a un trabajador, en sustitución de otro que se encuentra enfermo, y se estipula que aquél sólo podrá conservar su puesto mientras dure la enfermedad del sustituido, si éste fallece, la propia empresa puede separar, sin responsabilidad alguna, al sustituto en virtud de que con la muerte del sustituido se cumplió la condición resolutoria a que estaba sujeto el contrato independientemente de que exista la necesidad de que otro trabajador ocupe, en calidad de obrero de planta, el puesto que definitivamente dejó vacante el obrero fallecido.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6844/40. Díaz Roberto. 13 de enero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. Relator: Roque Estrada.