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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377687
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1432
CONTRATO DE TRABAJO, COMPROBACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1432
Aun cuando una Junta desconozca la existencia de un contrato de asociación celebrado en escritura pública, pero teniendo como base las estipulaciones contenidas en una carta, no hace sobre el particular una apreciación ilógica, si admite que también existe un contrato de trabajo, si en la relacionada carta se estipula que uno de los contratantes prestaría los servicios correspondientes a un técnico, de acuerdo con la escritura de referencia, especificándose la clase de servicios que prestaría, el salario que se convino a la dependencia del trabajador, respecto al patrono, en cuanto al lugar o lugares en que debían desarrollarse los servicios, y si además, está corroborada tal situación, con la declaración de dos testigos que manifiestan constarles los trabajos que desempeñaba la persona aludida.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8043/40. Razo José J. 13 de febrero de 1941. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.