Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/377706
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377706
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1623
EMPLEADOS PUBLICOS, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA EL CESE DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1623
De acuerdo con lo dispuesto en la fracción IX del artículo 107 constitucional y 73, fracción XV, de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, el amparo es improcedente contra las resoluciones dictadas por los secretarios de Estado, mandando que cese un empleado en sus funciones, en atención a que tienen a su disposición el juicio o procedimiento a que se hace referencia en el artículo 99 del Estatuto para los Trabajadores al Servicio del Estado.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6089/39. Sáenz José Alfonso. 17 de febrero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José María Mendoza Pardo. Relator: Roque Estrada.