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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377710
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1828
PETROLEO, INEXISTENCIA DEL CONTRATO COLECTIVO CON LAS COMPAÑIAS DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 1828
Si lo que demanda un obrero a una compañía petrolera es la diferencia de salarios que le corresponden según una liquidación practicada en determinada fecha, no es cierto que pueda favorecer al mencionado obrero retroactividad alguna, como resultado del contrato colectivo de trabajo contenido en el laudo dictado en el conflicto suscitado por diversas compañías petroleras, pues si bien es cierto que ese laudo causó ejecutoria por haberse negado el amparo a las mencionadas compañías petroleras, no es menos cierto que el propio contrato colectivo jamás llegó a estar en vigor, y tan es así, que es público y notorio que, precisamente, por la rebeldía de las empresas a acatar el mencionado laudo y poner en vigor ese ajuste colectivo, sobrevino la expropiación petrolera de fecha 18 de marzo de 1938.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7718/40. Broca Fernando. 20 de febrero de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilio López Sánchez.