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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377765
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2947
EMPLAZAMIENTO EN MATERIA DE TRABAJO, NULIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 2947
En lo relativo a notificaciones irregulares, la Suprema Corte ha establecido que es nulo todo emplazamiento que no se haga con arreglo a lo dispuesto en el capítulo respectivo de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1761/40. Méndez viuda de Rodríguez Cañedo Catalina. 15 de marzo de 1941. Mayoría de tres votos. El Ministro Hermilo López Sánchez no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.