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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377794
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 3448
JUNTAS DE CONCILIACION Y ARBITRAJE, APRECIACION DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVII; Pág. 3448
Aunque las Juntas de Conciliación y Arbitraje no analicen en detalle cada una de las pruebas rendidas por las partes en el juicio arbitral, si al referirse a todas ellas, no deducen conclusiones contrarias a su propio sentido y las aprecian en su integridad, y el laudo que pronuncian no resulta incongruente ni carece de fundamentos legales no incurren con ese proceder, en la violación de los artículos 550, 551 y 553 de la Ley Federal del Trabajo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 624/41. Montes Filemón. 24 de marzo de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Roque Estrada.