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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377816
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 94
LAUDOS EN CONCIENCIA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 94
Una Junta viola el artículo 550 de la Ley Federal del Trabajo, si al apreciar en conciencia las pruebas rendidas en un juicio arbitral, falsea el resultado de la confesional, ya que del contenido de la confesión que rindió un trabajador en la diligencia respectiva, aparece que no es exacto que éste haya confesado que la negociación del patrono solamente podía subsistir mientras que el mencionado patrono viviera.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6375/39. Gómez Arnulfo. 2 de octubre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.