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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377863
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 900
ACCIDENTES DE TRABAJO, INDEMNIZACION POR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 900
Si la Junta admite la existencia del contrato de trabajo y del accidente, debe, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 552 de la Ley Federal del Trabajo, establecer la condena, a reserva de que, en la ejecución del laudo condenatorio, se fije en cantidad líquida, el importe de la indemnización, atenta la cuantía del salario y el grado de incapacidad fijada por los peritos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5767/40. Cadena Homero de la. 30 de octubre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.