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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377865
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 907
PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER, TERMINO PARA SOLICITARLAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 907
El artículo 532 de la Ley Federal del Trabajo, no señala término para que los representantes que integran las Juntas, contesten la pregunta que se les hace, en el sentido de si necesitan mayor instrucción para mejor proveer, pues el único término que ese precepto señala es el de veinticuatro horas, después de formulados los alegatos, para que el presidente o auxiliares hagan a los representantes, la pregunta de referencia, más no para que éstos la contesten, por otra parte, la recepción de tal prueba tiene un carácter complementario, tendiente a la dilucidación de un punto controvertido y respecto del cual existan pruebas contradictorias.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3572/40. Compañía Real de Monte y Pachuca. 30 de octubre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.