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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377876
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1299
CLAUSULA DE EXCLUSION, APLICACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1299
La fracción VII del artículo 246 de la Ley Federal del Trabajo, debe entenderse en sus términos literales, es decir que la votación de las dos terceras partes de los miembros de un sindicato, para tener por válida la expulsión de uno de sus miembros, debe ser directa, y no nombrarse alguna comisión para el efecto de que sea éste quien vote la expulsión.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7701/40. Dean Delgadillo Alfredo. 9 de noviembre de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Salomón González Blanco. Relator: Octavio M. Trigo.