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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377893
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1765
CLAUSULA DE EXCLUSION, PRESCRIPCION DE LA ACCION PARA APLICARLA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXVI; Pág. 1765
Cuando se despide a un trabajador en virtud de la cláusula de exclusión, se obra por parte del patrono, de modo legal y justificado, porque es una causa prevista por la ley y por el contrato; pero la acción del patrono, en estos casos debe tener un término, que es el de un mes, señalado en el artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo, aparte de que la misma ley establece que las acciones protegidas por la constitución, son prescriptibles, y sin duda alguna, cuando no se ejercitan dentro del término fijado por la ley, quedan inoperantes; en tal virtud, si una empresa tiene conocimiento de que en determinada fecha podía separar a un trabajador de su empleo, debido a la aplicación de la cláusula de exclusión, y no lo separa, sino mucho después de haber transcurrido el mes a que se refiere la fracción IV del citado artículo 329, habiéndose operado la prescripción para el ejercicio de la acción por despido justificado y no reconociéndolo así la Junta, ésta incurre en una violación constitucional que amerita la concesión del amparo al obrero respectivo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7651/40. Línea Ward S. A. 21 de noviembre de 1940. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Javier Icaza. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Octavio M. Trigo.
Quinta Epoca:
Tomo LIX, página 2170. Amparo directo en materia de trabajo 7477/38. Pereira Samuel. 24 de febrero de 1939. Mayoría de tres votos. Disidentes: Xavier Icaza y Hermilo López Sánchez. Engrose: Octavio M. Trigo.
Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Quinta Parte, Cuarta Sala, página 34, tesis 33, de rubro "CLAUSULA DE EXCLUSION.".