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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377918
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 209
CONFESION DE PERSONA AJENA A LA CONTROVERSIA, INVALIDEZ DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 209
No se violan las disposiciones a que se contraen los artículos 527 y 529 de la Ley Federal del Trabajo, si una Junta desecha la prueba de confesión consistente en unas posiciones que se articulen a persona ajena a la controversia, pues tal confesión hubiera carecido de valor probatorio y, por tanto, sería inútil el desahogo de esa prueba.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2363/40. Sindicato de Obreros Panaderos y Similares de Zacatecas. 4 de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.