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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377931
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 559
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 559
Si confiesa un trabajador que a los dos meses de haber abandonado el trabajo, presentó su demanda por separación injustificada, es claro que se había operado la prescripción, en los términos del artículo 329 de la Ley Federal del Trabajo, sin que aparezca haberse demostrado que la misma se interrumpió, por alguna de las causas que señala el artículo 332 de la ley citada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3273/40. Castillo Antonio. 11 de julio de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Hermilo López Sánchez.