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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377933
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 564
SALARIO MINIMO, PAGO DE DIFERENCIAS POR.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 564
Si una Oficina Federal de Hacienda nombra a una persona portero y velador del edificio en el que se encontraba establecida una negociación que está intervenida, asignándole el sueldo mensual de cincuenta pesos, y al ser levantada la intervención, esa negociación continúa utilizando los servicios de la misma persona, pagándole también el mismo sueldo, y la Junta respectiva estima que la empresa adeuda al velador las diferencias entre el sueldo de cincuenta pesos que le pagaba y la cantidad establecida como salario mínimo en la región en donde desempeñaba el trabajo y condena al pago de esas diferencias, pero limitando tal condena al tiempo en que fueron prestados los servicios a la repetida negociación, toda vez que anteriormente prestaba sus servicios al gobierno con quien no estaban regidas sus relaciones de trabajo por la ley federal respectiva, no puede establecerse que en el caso, la negociación demandada tenía el carácter de patrono sustituto.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5270/39. García Victoriano y coaga. 11 de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.