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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377945
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 619
EXCEPCIONES OPUESTAS FUERA DE TERMINO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 619
Si la excepción de pago no fue opuesta en su oportunidad por la parte demandada, aun cuando posteriormente, en la demanda de amparo, demuestre tal excepción, no debe tomarse en cuenta, y el laudo de la Junta será congruente si de acuerdo con el artículo 551 de la Ley Federal del Trabajo, estudia y analiza las pruebas rendidas en el juicio, por lo que, el amparo que contra dicho laudo se interponga, deberá negarse.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8301/39. Sinclair Pierce Oil Company, S. A. 12 de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Salomón González Blanco.