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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377961
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 874
ESCUELAS ARTICULO 123, CLAUSURA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 874
Aun cuando es verdad que no existe reglamento especial sobre el procedimiento que deba seguirse para obtener la clausura de las escuelas tipo artículo 123, que hayan venido funcionando regularmente, también lo es que el interesado tiene plena capacidad para aportar ante las autoridades educativas todas la probanzas que estime pertinentes y que estén encaminadas a sostener que es procedente la clausura de un plantel del tipo expresado, probanzas que puede presentar bien sea con su primera promoción o con posterioridad, hasta antes de que se dicte el acuerdo que se reclame, y por el cual la Secretaría de Educación Pública ordena que continuara funcionando una escuela.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1488/40. Pérez Gómez Luis. 17 de julio de 1940. Unanimidad de cinco votos. Relator: Xavier Icaza.