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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 377996
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1436
TRABAJADORES, IMPROBIDAD DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXV; Pág. 1436
Si una Junta, teniendo en cuenta que un trabajador fue absuelto en un proceso penal, establece que según el estudio total de las probanzas aportadas, y juzgando en conciencia, a su juicio, constituían causa debidamente fundada para la separación del obrero, con tanta más razón, si está demostrado que el obrero sustrajo de la fábrica demandada, algunos objetos que dio en venta a determinadas personas, hecho que indiscutiblemente constituye una falta de probidad y honradez que ameritó la separación, no viola las garantías del obrero.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2376/40. Garza Fernando la. 30 de julio de 1940. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Xavier Icaza.